Alfonso J. Vázquez Vaamonde | Presidente de Unión Republicana
Leo un artículo de la Prof. Gómez Sánchez, catedrática de Derecho Constitucional en la UNED “Un aprendizaje con función constitucional” (EL MUNDO 15.03.2023 donde la autora opina sobre la formación militar de la Princesa de Asturias.
Entre sus muchos errores hay dos conceptuales; en Primer lugar afirma que las funciones del art. 62h) CE78 son simbólicas. No es cierto; son efectivas. De hecho, aun si sólo firma una ley, hasta que la firme lo aprobado no es efectivo.
La madrugada seis horas después del 23-F dijo: “He ORDENADO a las autoridades civiles y a la Junta de Jefes del Estado Mayor que tomen las medidas necesarias para mantener el orden constitucional dentro de la legalidad vigente”; ¿cabe algo más efectivo que ordenar? Su ORDEN llegó tarde para las autoridades civiles; los Secretarios de Estado habían asumido las competencias de los Ministros secuestrados por los golpistas. Por tanto, no es verdad que sean asuntos simbólicos.
Incurre en nuevo error de concepto cuando añade: “La segunda es el hecho de que la inmediata sucesión a la Corona recae en una mujer, la Princesa de Asturias. Mejor así, pues no ha sido necesario aplicar el anacrónico artículo 57.1 de la Constitución, que establece la preferencia del “varón a la mujer” en la sucesión”. No es que el artículo 57.1 CE78 sea anacrónico, es que viola los derechos fundamentales del Título I y en particular el art. 14 que prohíbe la discriminación por razón de sexo. Claro que según el TC la violación del art. 14 CE78 hecha por su padre no tiene interés constitucional; por eso no admitieron mi recursos de amparo; ¡con toda la cara!
Eso no ocurre en ninguna democracia en donde el Jefe del Estado, Francia, EEUU, Alemania o Italia el Jefe supremo del ejército jamás se disfraza de General. No lo es, aunque es su Jefe. En Italia, Francia y EEUU el Presidente de la República; en Alemania en tiempos de paz el ministro de Defensa y en tiempos de guerra el Canciller federal, etc. etc. España “is different” como dijo Fraga. El Jefe del Estado tiene cargo de Capitán General; por cierto ¿cobra sueldo por ello?
Sorprende que una catedrática del Derecho Constitucional “se olvide” de lo que dice la disposición derogatoria de la CE78: 1. queda derogada la ley 1/1977, de 4 de enero, para la reforma política, así como, en tanto en cuanto no estuviera ya derogadas por la anteriormente mencionada ley, la de Principios del movimiento nacional, de 17 de mayo de 1958; el Fuero de los Españoles, de 17 de julio de 1945; el del Trabajo, de 9 de marzo de 1938; la Ley constitutiva de las Cortes, de 17 de julio de 1942; la Ley de Sucesión de la Jefatura del Estado, de 26 de julio de 1947, todas ellas modificadas por la Ley Orgánica del Estado, de 10 de enero de 1967, y en los mismos términos esta última y la de Referéndum Nacional de 22 de octubre de 1945.
Derogada la Ley de Sucesión, quedan derogadas sus consecuencias: la de que Juan Carlos I fue nombrado rey en virtud de esa ley, con lo cual dejo de ser Jefe del Estado del Movimiento Nacional cuando juró poniendo a Dios por testigo que cumpliría y nos habría cumplir esas leyes del Movimiento Nacional con las que habíamos estado algunos casi medio siglo privados de libertad. Sus derechos se extinguieron ipso facto de la aprobación de la CE78 y por tanto nadie los puede heredar unos derechos que no existen, ¡se han extinguido! Aunque se pinte de VERDE (Viva El Rey De España) éste es un régimen fraudulento. Es falso que "la soberanía nacional [que] reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado" (art. 1 CE78) porque el pueblo español nunca eligió tener como Jefe del Estado al Jefe del Estado nombrado por Franco. Se impuso sin solución de continuidad. Y esto no quedó autorizado en ninguna de las cuatro transitorias.
El hecho de que nunca juró la CE78 deja claro que él siguió siendo rey del Estado del Movimiento Nacional y ese nombramiento anticonstitucional es el que ha heredado su hijo, violando el art. 14 CE78, y el que este pretende que herede su nieta. Es jurídicamente indiscutible que la anulación de las leyes del Movimiento Nacional convirtió en nulo el nombramiento de Franco. Pero Juan Carlos I siguió ejerciendo, ahora con ilegalidad plena por plenamente inconstitucional, como si no hubiera pasado nada. El nunca abdicó de su cargo de Jefe del Estado del Movimiento ¡que había sido derogado!
¿Qué consecuencias tienen todas estas ilegalidades? Ninguna. La vivimos como vivimos la de Franco. Presentaré una demanda ante el juez. No la admitirá a trámite. Recurriré en apelación. Seguirán sin admitirla. Recurriré en amparo al TC y tampoco la admitirá. Los conozco. Su collar es otro del que tenían los que no me admitieron el recurso de amparo; dirán que “la violación del art. 14 CE78 carece de interés constitucional”.
Desde entonces canto aquella canción popular infantil que me rejuvenece "Ahora que estamos solos (bis) vamos a contar mentirás, tra-la-rá (tris) /vamos a contar mentiras/ Súbditos del rey fascistas, tra-la-rá (bis) < Y ahora del hijo pequeño, tra-la-rá / que discrimino a la hermana tra-la-rá (bis), que discriminó a la hermana / Y luego de la infantita, tra-la-rá (bis) y luego de la infantita / etc., etc.
Hablaré de nuevo con el representante del Ministerio Fiscal, ya lo hice entonces. Me contestará lo mismo: “no hay que tomarse el texto de la CE78 al pie de la letra“ Eso es lo que yo hago con la CE78. NI tengo en cuenta la letra (art. 3.1 CC) NI tengo en cuenta la evolución de la jurisprudencia (art. 3. 1 CC), NI tengo en cuenta el objetivo del pueblo soberano (art. 3.1 CC). Respeto lo que me ha dicho el TC. ¡Tomarla de coña!
No sé porque los españoles tenemos mala fama si soportamos todo: a los Austrias, a los Borbones, a los Franquistas. Sólo cuando rechazamos algo nos equivocamos y echamos fuera a José I Bonaparte, a Amadeo I de Saboya, a la I República democrática sin dar ni tiempo a promulgar la Constitución, la II República democrática después de haberla promulgado; y ahí estamos; esperando a ver si Godot nos trae la III República. El penúltimo error fue soportar una dictadura militar que era una democracia orgánica, El último es soportar una dictadura borbónica, también orgánica porque salió de los órganos de Franco dejándolo todo "atado y bien atado". Se declaró ilegal en 1978. ¡Ilegalidades a nosotros! En España tragamos de todo. Algún día nos indigestaremos. Algunos ya estamos indigestados.
De todos modos si es verdad que la historia se repite esperemos esperanzados que se cumpla el refrán: no hay dos sin tres. Tras José I Bonaparte, tuvimos dos Borbones: Fernando VII e Isabel II; los pusimos en la calle; luego volvieron otros dos: Alfonso XII y Alfonso XIII; los pusimos en la calle; luego vinieron otros dos: Juan Carlos I y Felipe VI; luego….
Lo único que lamento es que no voy a poder verlo por meras razones vegetativas.
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